Resumen de los principales temas tratados
- La información y educación en materia alimentaria de la población son necesarias, hay que modificar el entorno socio-económico que determina la elección de los alimentos.
- La Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición ha consolidado la estrategia NAOS y establece algunas herramientas para el seguimiento de las acciones llevadas a cabo.
- Conocer la problemática existente en seguridad alimentaria, tanto a nivel legislativo, de mercado y de los consumidores, nos puede dar una visión de los nuevos retos con los que se encuentran los farmacéuticos que trabajan en las Administraciones Sanitarias.
- Es necesario un control de los materiales en contacto con los alimentos a través de las herramientas disponibles para la protección de la salud del consumidor.
- La estructura sanitaria en la Administración, tanto nacional, autonómica como local, debe complementarse.
- Todos los productos que entran por aduana, para consumo humano, alimentos, medicamentos, etc., son objeto de inspección.
- El informe pericial del farmacéutico que trabaja en la fiscalización de drogas de abuso, es imprescindible y condicionante en el desarrollo del expediente fiscal.
- La Ley 34/2007 de calidad del aire y protección de la atmósfera no incluye los contaminantes biológicos, entre los que se incluye el polen. Es decir, en ningún sitio existe una normativa que fije unos valores límite, objetivo o umbrales de alerta del polen atmosférico.
- La información y vigilancia polínica es una herramienta útil en Salud Pública para todos los pacientes, profesionales sanitarios y sector asistencial.
- La vigilancia aerobiológica debe estar integrada en Estrategias de Sanidad Ambiental y Salud Pública (planes, programas…) con el apoyo de las administraciones e instituciones públicas y con el respaldo de las universidades y sociedades científicas.
- Con el nuevo RD, 102/2011 relativo a la mejora de la calidad del aire, la Comunidad Europea busca un triple objetivo: que los métodos permitan cumplir los objetivos de calidad de los datos; que los métodos sirvan para realizar los “ensayos tipo” y que se utilicen analizadores de gases que hayan pasado este “ensayo tipo”.
- El RD 102/2011 pretende conseguir el cumplimiento de los valores límites y/o umbrales para los contaminantes atmosféricos legislados, de protección de la salud y del medio ambiente.
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